Accesibilidad, Integracion de la TA, LGIPD

"BASES LEGALES DE LOS RECURSOS, EQUIPO Y APOYOS DE ACCESIBILIDAD"
Declaraciones y leyes nacionales e internacionales mencionan el derecho que tienen las personas con discapacidad como todas el personas en el poder desarrollarse de manera plena en lo social, escolar y laboral, por lo cual se han hecho distintas tecnologías adaptadas a sus necesidades para que ellos puedan cumplir con estos contextos.

Las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades 
para las Personas con Discapacidad, ONU, 1993

Estas normas nos dicen que las personas con discapacidad como ciudadanos puedan tener los mismo derechos y oblaciones que los demás para esto la sociedad al igual que los estados, deben de participar coactivamente para eliminar esas barreras que les impiden seguir adelante, ya sea por medio de la infraestructura, rampas, elevadores o de manera directa en la barrera que le impide desempeñarse correctamente. También adaptar tecnologías que sean de bajo nivel.

Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF), OMS, 2001

El nuevo paradigma de discapacidad es sobre lo que nos habla este apartado y menciona que se le debe de ver a la persona con discapacidad con sus defectos y virtudes por asi decirlo y centrarnos en lo que puede y no puede hacer y esto como repercute en su vida diaria, esto nos hace darnos cuenta de como es la persona, no la discapacidad, centrarnos en el concepto de persona no en lo que se limita, el concepto incluyente. Menciona también la importancia de la igualdad de oportunidad que les permite desarrollarse en el ámbito laboral, profesional, social.

Programa Nacional de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración Educativa, SEP, 2002, México

Uno de los objetivos específicos que presenta este apartado es el de proporcionar los apoyos necesarios a los maestro de educación especial, educación básica y educación inicial para mejorar la atención de los niños con NEE y los que presentes discapacidad, esto es para mejorar su calidad escolar y social porque esto repercute en la educción de toda su vida. No solo se les proporcionara a los maestros los apoyos necesarios si no también los apoyos tecnológicos necesarios para la utilización de la tecnología adaptada. Los maestros son los encargados en la educación de ver lo mejor para los alumnos por eso ya se dan los apoyos y las estrategias para que los alumnos de escuelas regulas y centros de atención múltiple cuenten con lo necesario para su buen desempeño y entendimiento de los conocimientos.

Ley General para Personas con Discapacidad, 2005, México

El objetivo de esta Ley en su articulo primero es el de “establecer las bases que permitan la plena inclusión de las personas con discapacidad, en un marco de igualdad y de equiparación de oportunidades, en todos los ámbitos de la vida” esto nos quiere decir que las personas con discapacidad son personas como todas las demás y no deben de ser excluidas de la sociedad, escuela o entorno en el cual se encuentren, no solo hoy ni mañana, si no toda su vida, eso es lo que se quiere con este articulo la INCLUSIÓN e INTEGRACIÓN.
-En el inciso II del articulo 2 nos habla de las adaptaciones de la tecnología para las diferentes discapacidades. es un derecho que se proporcionen a los estudiantes con discapacidad el materiales que apoyen su rendimiento académico
.-El articulo 11 menciona que en las Bibliotecas Publicas se incluya equipos de computo con tecnología adaptada, impresoras braille, lectores de textos, entre otros equipos que les permitan el acceso y la facilidad de uso a las personas con discapacidad, porque este es un derecho para todos y las adecuaciones les permiten el acceso y que a estas no solo tendrán acceso las personas con alguna discapacidad si no todas aquellas que lo necesiten.


"INTEGRACIÓN DE LA TA EN LA EDUCACIÓN"

La AT en los procesos de enseñanza-aprendizaje:

Como se dice en las bases legales, todo niño con discapacidad o nee tiene el derecho a recibir apoyo y las adecuaciones necesarias para que se pueda mover y realizar las actividades al igual que todos sus compañeros. La infraestructura y el material de estudio es muy importante por que en el se centra la educción del niño y su aprendizaje, que lo llevara a lo largo de su vida en el ámbito social y laboral, por eso la gran importancia de que en las escuelas regulares como en el de educción especial se cuente con este tipo de tecnologías adaptadas para las personas con discapacidad.

Adecuaciones curriculares considerando AT:

Las adecuaciones currículos sirven para dar respuesta a las necesidades especiales que presenta en niño, por lo tanto estas aducuaciones las aras los profesores para mejorar el aprendizaje del niños. Estas adecuaciones deben de responder positivamente en las enseñanzas que el niño adquiera durante sus estudios así como su participacion y que no se tenga ninguna barrera que le impida participar y por supuesto aprender. Se pretende que el alumno tenga acceso a la información y por tanto no es preciso modificar todas las tareas del alumno si no su acceso a ellas.

Estrategias y recursos de Asistencia Tecnológica
para las necesidades educativas especiales:

Estrategias y recomendaciones  para disminuir las barreras que le impiden al niño desarrollarse no solo en la escuela si no en su entorno. Para lograr estas adecuaciones se deben de tomar en cuenta ciertos puntos:
-Actuar profesionalmente para ofreser las alternativas adecuadas para sus necesidades, tener la seguridad de que es o adecuado que necesita.
-Analizar si el recurso es adecuado para sus necesidades ya que las tecnologias adaptadas no son iguales para cada personas, estas se deben de adaptar de acuerdo a sus necesidades.
-Observar y descubrir las actividades que puede realizar el niño, si se puede comenzar de una actividad a otra y como se adapta el niño.
-Escuchar lo que necesita el niño y ayudar a potenciar la oportunidad de participación en el mayor número de actividades.
-Tomar en cuenta el entorno de la persona, su nivel socioeconomico, familia...
 

"LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD"
 Disposiciones Generales
ARTICULO 1: Asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, asegurando su plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades, de manera enunciativa y no limitativa.
ARTICULO 2 :  Este articulo nos describe los siguentes conceptos, que son y como ayuda el estado a que las personas con discapacidad las obtengan por derecho:
I. Accesibilidad.
II. Ajustes Razonables.
III. Asistencia Social.
IV. Ayudas Técnicas.
V. Comunicación.
VI. Comunidad de Sordos.
VII. Consejo. Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con
Discapacidad;
VIII. Convención. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad;
IX. Discriminación por motivos de discapacidad.
X. Diseño universal.
XI. Educación Especial
XII. Educación Inclusiva.
XIII. Estenografía Proyectada. is
XIV. Estimulación Temprana.
XV. Igualdad de Oportunidades.
XVI. Lenguaje.
XVII. Lengua de Señas Mexicana.
XVIII. Ley. Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad  

XIX. Organizaciones
XX. Perro guía o animal de servicio.
XXI. Persona con Discapacidad.
XXII. Política Pública. T
XXIII. Prevención.
XXIV. Programa. El
XXV. Rehabilitación.
XXVI. Sistema. Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con
Discapacidad;
XXVII. Sistema de Escritura Braille.

XXVIII. Transversalidad.

Salud y Astencia Social 
 ARTICULO 7 :La Secretaría de Salud promoverá el derecho de las personas con discapacidad a gozar
del más alto nivel posible de salud, rehabilitación y habilitación
 IV. Crear bancos de prótesis, órtesis, ayudas técnicas y medicinas de uso restringido, que sean
accesibles a la población con discapacidad
ARTICULO 8: II. Promover la aportación de recursos materiales, humanos y financieros
ARTICULO 16: Las personas con discapacidad tienen derecho a la accesibilidad universal y a la vivienda, por lo que se deberán emitir normas, lineamientos y reglamentos que garanticen la accesibilidad obligatoria en instalaciones públicas o privadas, que les permita el libre desplazamiento en condiciones dignas y seguras. 
ARTICULO 17: Para asegurar la accesibilidad en la infraestructura básica, equipamiento o entorno
urbano y los espacios públicos, se contemplarán entre otros, los siguientes lineamientos:
I. Que sea de carácter universal, obligatoria y adaptada para todas las personas;
II. Que incluya el uso de señalización, facilidades arquitectónicas, tecnologías, información,
sistema braille, lengua de señas mexicana, ayudas técnicas, perros guía o animal de servicio y otros apoyos, y 
III. Que la adecuación de las instalaciones públicas sea progresiva. 
ARTICULO 25: El Consejo Nacional para la Cultura y las Artes promoverá el derecho de las personascon discapacidad a la cultura, la recreación, el desarrollo de sus capacidades artísticas y la protección de sus derechos de propiedad intelectual.
II. Impulsar que las personas con discapacidad cuenten con las facilidades necesarias para
acceder y disfrutar de los servicios culturales,

 VIDEOS COMPLEMENTARIOS






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